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Compliance Penal

A partir del 10 de agosto del año 2014, se encuentra vigente el Código Orgánico Integral Penal, que introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Ecuador. Posteriormente, el 17 de febrero de 2021, se expidió la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal en materia Anticorrupción, que ratifica la responsabilidad penal de las personas jurídicas, pero, implanta una forma de dispensa o atenuante de esta cuando, antes de la comisión del delito, se han implementado programas y/o políticas de cumplimiento con determinadas características.

LINVEST cuenta con los profesionales demás recursos necesarios para ofrecer a sus clientes corporativos la implementación de un Plan de Prevención de Riesgos Penales (Compliance Penal). El objetivo principal de esta prestación es generar conciencia y facilitar las herramientas necesarias a una compañía, para que se cumpla con la legislación ecuatoriana e internacional, garantizando de esta manera su exención o dispensa en caso de la comisión de un delito por sus socios, administradores, trabajadores o incluso por sus agentes externos.

Sociedad Consultora Empresarial

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